El Consejo de Ministros aprobó el viernes 2 de Noviembre el Real Decreto por el que se concede una ayuda de 210 euros mensuales a los jóvenes que quieran independizarse del hogar paterno. Con este plan, el Gobierno también quiere estimular la salida al mercado de alquiler de los tres millones de viviendas vacías. Las características del programa son las siguientes:
¿A quién se dirige la ayuda de 210 euros mensuales para la emancipación del hogar familiar?
A los jóvenes de entre veintidós y treinta años, que podrán recibir la prestación durante un periodo máximo de cuatro. La subvención incluye un préstamo de seiscientos euros para la fianza y otros 120, para el pago del coste financiero del aval. Si hay varios inquilinos, la ayuda se prorrateará entre ellos.
¿Qué otras condiciones deben tener los beneficiarios?
Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que se viva con carácter permanente, y disponer de una fuente regular de ingresos brutos anuales inferiores a los 22.000 euros. Además de a los trabajadores, este universo de recepción de la prestación incluye a los becarios de investigación y a los perceptores de una pensión o la prestación por desempleo.
¿Cuándo entra en vigor la prestación?
El 1 de enero de 2008.
¿Puede beneficiar la prestación a otros ciudadanos que no sean españoles?
Sí. También a los ciudadanos de la Unión Europea que cumplan los requisitos exigidos. O, si no se es ciudadano comunitario, acreditar que se tiene residencia legal y permanente en España. Además, si ya ha encontrado piso deben certificarse todos los datos de la vivienda, con la referencia catastral incluida; el número de inquilinos y otros datos como el DNI y la afiliación a la Seguridad Social.
¿Qué ocurre si no se tiene vivienda y se necesita la ayuda para optar a ella?
A partir de la solicitud de la ayuda, quienes estén en esta situación dispondrán de un plazo de tres meses para presentar un contrato de alquiler y el resto de la documentación necesaria para empezar a recibir la subvención del Ministerio de la Vivienda.
¿Cuál será el papel de las comunidades autónomas?
Serán las encargadas de gestionar y tramitar las ayudas, cuyo pago lo hará el Gobierno central.
¿Cómo se controlará el fraude en la percepción de las ayudas?
No podrán ser beneficiarios de las prestaciones quienes estén emparentados, en primer o segundo grado de consanguinidad, con el arrendador de su vivienda habitual. Además, los perceptores de las ayudas deberán comunicar a las Administraciones cualquier cambio en las condiciones que le permitieron acceder a la vivienda. El Gobierno, en colaboración con las entidades financieras, comprobará que los beneficiarios están al corriente del pago.
Estas medidas de apoyo al alquiler han sido valoradas por
Fincas Corral, como positivas al facilitar el acceso a la vivienda a un segmento importante de la población.
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